¿Qué es una zona de bajas emisiones?
Las ZBE son zonas geográficamente definidas donde se restringe o se disuade el acceso, la circulación y el estacionamiento de vehículos para reducir las emisiones de estos en dicha zona. Aunque no existe ninguna norma europea que imperativamente obligue a la creación de estas zonas, sino simples recomendaciones, la legislación española a través de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética y el Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones, obligan a su creación en todas las ciudades españolas de más de 50.000 habitantes. Por lo tanto, es una normativa de carácter estatal de obligado cumplimiento para el Ayuntamiento de Gijón.
ZBE Gijón - La Calzada
El Ayuntamiento de Gijón ha elegido el barrio de La Calzada como espacio para implantar esta ZBE por varios motivos:
- Promover una disminución de las emisiones derivadas del tráfico para reducir sus niveles de contaminación
- Favorecer a este barrio con las nuevas inversiones europeas que van a permitir mejorar el espacio público que diariamente usan sus habitantes, mejorando aspectos como la accesibilidad y la seguridad vial.
- Facilitar una movilidad más sostenible a toda la ciudadanía, garantizando siempre el desarrollo de su vida diaria, tanto la personal como la de los comercios o empresas de la zona.
- Garantizar la protección de la salud de las personas a través de la mejora de la calidad del aire.
- Fomentar los modos de movilidad más sostenible e impulsar el desarrollo de hábitos ciudadanos que ayuden a la lucha contra el cambio climático y en la mitigación de sus efectos en las ciudades.
La aplicación de la ZBE de Gijón-La Calzada irá ligada a los protocolos ambientales de episodios de contaminación ya aprobados por el Ayuntamiento.
Consulta previa
Con el objetivo de posibilitar la participación de la ciudadanía en este procedimiento administrativo de elaboración de la nueva ordenanza municipal de la Zona de Bajas Emisiones de Gijón-La Calzada, se plantea una consulta previa que pretende recabar la opinión de la ciudadanía y de todas las asociaciones u organizaciones que estén interesadas en esta iniciativa.
Por este motivo, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, el Ayuntamiento de Gijón abre un trámite de consulta pública a través de este espacio en la plataforma Participa Gijón, en el que todas las personas interesadas podrán participar respondiendo al sencillo cuestionario que está disponible en la pestaña

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